¿Es legal hacer fotos en eventos?

Table of Contents

    Hacer fotografías es algo muy habitual e importante cuando vamos a un evento, con ello ilustramos nuestros recuerdos. Pero muchas veces pasamos por alto que también puede ser algo muy delicado si hay terceras personas o derechos de imagen involucrados, ya que conlleva implicaciones legales que hay que tener en cuenta.

    A todos nos ha surgido la duda alguna vez antes de un concierto o fiesta, en la que pensamos sacar fotografías, ¿puedo fotografiar a la gente, a los músicos y a los artistas? Los derechos de la propia imagen o de los eventos cuya imagen está protegida, ¿Me permiten sacar libremente fotografías a voluntad? Y por lo tanto ¿Es legal hacer fotografías en los eventos?

    No cualquier fotografía hecha en un evento cumple la legalidad. Depende del uso que se haga de las fotos y del consentimiento de las personas fotografiadas, así cómo de los organizadores del evento.

    Sigue leyendo el artículo y te aclararemos algunos aspectos no muy conocidos, o que muchas veces no tenemos en cuenta y que nos afectan a todos.

    ¿Se puede sacar fotos a la gente?

    Las personas están protegidas por su derecho de imagen. Lo que quiere decir que de manera general es necesario el consentimiento de una persona para ser fotografiada. Aunque hay dos excepciones,

    1. Si se trata de una persona pública en un evento o lugar público
    2. Si la foto es de interés público o informativo.

    Esas mismas consideraciones se aplican a los vídeos o cualquier otro material gráfico.

    Debes saber que si las personas fotografiadas no son reconocibles, por estar de espaldas o salir solo parcialmente, no aplican esas limitaciones y no es necesario pedir permiso para realizarlas.

    Sin embargo cuando estamos en una fiesta y hacemos fotografías o vídeos para nuestros recuerdos, lógicamente no nos preocupamos de este tipo de asuntos legales. Normalmente no tendrán un uso comercial y permanecerán para un uso privado con lo que no hay de qué preocuparse. Pero es importante conocer que la imagen de las personas no es algo de lo que podamos disponer sin tener un permiso para ello.

    Derechos de imagen de los menores

    La imagen de los menores está tan protegida que incluso en la jurisprudencia a veces prevalece al consentimiento de los padres del menor. La imagen de los menores es muy delicada y las legislaciones tienen a preservarla. Un padre puede autorizar el uso de la imagen de su hijo, pero el ministerio fiscal puede considerar que no es conveniente y oponerse a ello, e instar una resolución del Juez. Esto es así para garantizar que el consentimiento de la familia o de los representantes legales del menor no pueda producirle perjuicios materiales o morales.

    ¿Hace falta el permiso del organizador del evento?

    Antiguamente los organizadores de festivales, conciertos etc.  no permitían introducir cámaras de fotos a los recintos. Sin embargo en la actualidad  sobre todo con la irrupción de los Smartphones casi cada asistente al evento es un potencial fotógrafo, y se hace imposible impedirlo.  Además como norma general los organizadores saben reconocer que permitir a los asistentes la publicación de material gráfico es muy beneficioso para la difusión y publicidad del evento. Por lo que  habitualmente no hay impedimento si las fotos y vídeos tomados por los asistentes son únicamente para uso personal.

    En las condiciones de las entradas a los recintos se suele especificar, bajo qué condiciones se permite el acceso con dispositivos fotográficos (cámaras, ‘smartphones’…). Normalmente se pueden hacer fotografías siempre y cuando sean para un uso personal, y nunca con una finalidad comercial para la que en todo caso habría que pedir permiso expreso.

    Así las fotografías y grabaciones de vídeo no pueden ser reproducidas, distribuidas ni vendidas sin permiso de la organización.  Además en algunos casos  los organizadores se reservan el derecho a utilizar fotos personales de los asistentes, para  promocionar su evento o con finalidad comercial.

    ¿Se puede fotografiar en el interior del evento?

    Si el lugar que se quiere fotografiar es un evento en la vía pública o para el que no es necesario identificarse, por ejemplo la playa, o una plaza pública. En este caso se  pueden realizar las fotografías y vídeos sin ningún problema, salvo que se fotografíe a personas, en cuyo caso se requeriría del consentimiento de las mismas.

    Si en cambio el evento se realiza en un recinto privado, como una sala,  o un estadio, en ese caso el propietario u organizador determinará las condiciones para permitir realizar las instantáneas.  Hay que decir que si en cualquiera de los casos se realiza una fotografía a un elemento con propiedad intelectual (un cuadro, una obra etc.)  se podrá fotografiar, pero para su publicación es necesario el permiso del titular de los derechos.

    Por lo tanto no es lo mismo tener derecho para realizar fotografías que el derecho para publicarlas, que en circunstancias determinadas puede no estar permitido.

    Dicho esto evidentemente el sentido común nos indica que disfrutar del evento realizando fotografías y vídeos para un uso particular no tiene generalmente ningún problema o implicación. Pero hay que conocer el marco legal donde se sitúan este tipo de material gráfico en este mundo complejo interconectado y donde la imagen es omnipresente.

    ¿Se puede publicar una foto de una entrada de un concierto?

    No se pueden fotografiar y publicar las entradas del evento. Esto es debido a que esa información publicada en tu foto se puede utilizar para generar duplicados y falsificaciones de las entradas, y esta es la razón por la que tu foto te estaría jugando una mala pasada y estarías incurriendo en una ilegalidad.

    Si se quiere publicar la foto de una entrada a un evento futuro hay que ocultar, pixelando o difuminando el código de barras y los datos del ticket o entrada.  De esta forma no será posible falsificar tu entrada.

    Este es un caso curioso en el que nunca reparamos al hacer una fotografía, estamos entusiasmados por el concierto y queremos que lo sepa todo el mundo. O simplemente de una manera casual y sin reflexionar podemos generarnos un potencial problema que hay que evitar.

    ¿Qué imágenes se pueden subir a Redes Sociales?

    Se puede dar el caso que una fotografía que para un uso particular no infringe ninguna legislación y además no va nadie a reclamarnos, pero en el momento de dar difusión a esta es cuando estaríamos incurriendo en una infracción. Para la publicación en las redes sociales o servicios digitales, se ha de declarar y garantizar que se tiene todos los derechos de las mismas. Esto queda reflejado entre las condiciones de acceso y de subida de fotografías y vídeos a las plataformas.

    En estos casos es cuando el problema se complica, porque estas redes sociales que utilizan esas fotografías para usos diversos sin el consentimiento del que las subió podrían estar metiendo en un problema a quien subió unas imágenes de manera inocente para las que no tenía los derechos. Porque la ley de derecho de imagen regula, tanto la captación, como la reproducción y la publicación. Si se está publicando esa imagen sin consentimiento se está incurriendo en una posible infracción.

    Esto no ocurre con gogotick ya que nunca usará tus imágenes para ningún uso ni comercial ni de ningún otro tipo. Con lo que la difusión que hagas de ellas está en tus manos.

    Bueno con esto terminamos este artículo que creemos muy interesante, y que responde a las cuestiones que nos habéis ido realizando. Muchas gracias por dirigiros a nosotros con estas y otras dudas que os vayan surgiendo.

    Si quieres

    Vídeo

    Volver a la página del BLOG

    Allí encontrarás artículos sobre fotografía de eventos con información interesante.
    Ir al BLOG

    Deja el primer comentario

    Iniciar sesión

    Correo electrónico *
    Contraseña *

    REGÍSTRATE

    Correo electrónico *
    Contraseña *